La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio al que tienen derecho los trabajadores que formen parte del régimen laboral de la actividad privada y cumplan con jornadas de al menos 4 horas diarias o 20 horas semanales.
El empleador debe depositar en las cuentas CTS de sus trabajadores el monto correspondiente al 50% de la remuneración anual con su respectiva gratificación. El pago se realiza en mayo y noviembre, para luego poder retirarlo cuando el trabajador lo desee. Conoce más detalles de cómo calcular el total que te corresponde.
¿Qué tener en cuenta para calcular la CTS?
A la hora de realizar el cálculo de la CTS es importante tener en cuenta los siguientes elementos:
- Sueldo base, sin descuentos.
- Monto de asignación familiar (si aplica)
- Suma total de horas extras del último semestre dividido entre 6.
- Suma de las remuneraciones del semestre divididas entre 6.
No se toman en cuenta para el cálculo las asignaciones que no sean recurrentes, por ejemplo: utilidades, viáticos, bonificaciones por estudio, entre otros.
Cómo calcular la CTS
Para calcular la CTS se debe conocer el sueldo mensual base sin descuento del trabajador. Una vez tengas ese dato, el procedimiento es el siguiente:
- Divide tu sueldo mensual base entre 6, lo que correspondería al 1/6 parte de la gratificación.
- Suma el sueldo mensual base con ese 1/6 de la gratificación. Esta sería la remuneración anual. Dependiendo del régimen laboral se le suman horas extras y comisiones que reciba el trabajador.
- Divide el monto entre 360 y posteriormente multiplícalo por los días laborados en el semestre que serían 180.
La remuneración anual tiene que ser depositada al trabajador en dos partes iguales (50%). El primer pago es hasta el 15 de mayo y el segundo hasta el 15 de noviembre, en períodos de 6 meses.
A través del siguiente ejemplo podrás ver cómo calcular la CTS de un trabajador que gana un salario base de S/800:
- Se calcula la 1/6 parte de la gratificación
1200/6 = 200
- Suma de sueldo base más gratificación
1200 + 200 = 1400
- Cálculo del monto semestral
1400/360 = 3.89
3.89 x 180 días laborados = S/700
- Recibirás de CTS S/700
¿Cuánto de CTS me corresponde?
Para calcular cuánto te corresponderá por CTS es necesario tener en cuenta el tipo de remuneración (fijo o variable), el tiempo de antigüedad en la empresa y otras asignaciones no recurrentes.
¿Cuánto CTS corresponde si trabajo hace menos de 6 meses en la empresa?
Si llega la fecha del depósito de CTS y tienes menos de 6 meses trabajando en la empresa, también obtendrás el beneficio. El cálculo se realiza en base al período que trabajaste.
Por ejemplo, un trabajador que gane S/1200 de salario base y que sólo haya trabajado 3 meses, el monto por CTS que le corresponde es el siguiente:
- 1200/6 = 200 (1/6 parte de la gratificación)
- 1200 + 200 = 1400 (gratificación anual)
- 1400/360 = 3.89
- 3.89 x 90 días laborados (3 meses) = S/350
Un aspecto importante a tener en cuenta es que, si el trabajador tiene menos de un mes trabajando no recibirá depósito de CTS. Los días laborados se sumarán al próximo período.
¿Cuánto CTS corresponde si tengo un sueldo fijo?
Si tienes un sueldo fijo, se toma el salario base sin descuento para hacer el cálculo. En caso de que el trabajador cobre remuneraciones variables (horas extras) los montos se suman en el cálculo sólo si se han percibido en más de 3 ocasiones durante ese período.
Por ejemplo, Luis Carlos cobra S/2000 de salario base fijo y una asignación familiar de S/62. El cálculo de la CTS quedaría de la siguiente manera:
- 2000 + 62 = 2062 (Sumatoria de salario + asignación familiar)
- 2062/6 = 343,67 (1/6 parte de la gratificación)
- 2062 + 343,67 = 2405,67 (gratificación anual o Remuneración Computable)
- 2405,67/360 = 6,68
- 6,68 * 180 días laborados (6 meses) = 1202,83 es el CTS de ese período.
¿Cuánto CTS corresponde si tengo un sueldo variable?
En caso de que tengas un sueldo variable, se calcula un promedio del salario percibido en los 6 meses del período (noviembre – abril o mayo – octubre)
Por ejemplo, Leonor gana S/1200 mensual y este período obtuvo 6 comisiones (200, 180, 220, 125, 100, 75) También cobra asignación familiar de S/62. El procedimiento para calcular CTS en este caso es el siguiente:
Promedio las comisiones
- 1200 + 62 + 15 = S/1277 (salario + asignación familiar + comisiones)
- 1277/6 = S/212,83 (1/6 parte de la gratificación)
- S/1489,83 Remuneración Computable (RC)
- 1489,83/360 = 4,14
- 4,14 * 180 días laborados (6 meses) = S/744,92 es el CTS del período.
Preguntas frecuentes
¿Puedo retirar el total de mi CTS en una sola extracción?
Sí, tienes la posibilidad de retirar el 100% de tu CTS en una sola extracción o de forma parcial hasta el 31 de diciembre de 2023.
¿Por cuál medio recibo mi CTS?
El CTS será depositado en una cuenta bancaria a tu nombre. En caso de no saber dónde te depositan puedes comunicarte con el empleador para solicitar la información.
¿Quiénes pueden recibir el CTS?
Tienen derecho a recibir el CTS todo trabajador que trabajo bajo un régimen laboral privada y cumpla jornadas laborales de al menos 4 horas diarias o 20 semanales. También es obligatorio tener al menos un mes de antigüedad en la empresa.